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El Poder Ejecutivo
de la
Provincia de Buenos Aires

LA PLATA, 03  enero de 2007

                                               Visto que mediante expediente 21.100 – 810.862/07, los Agentes Fiscales de las Unidades Funcionales de Instrucción Nº 1 y 2 – Descentralizada de Escobar- del Departamento Judicial Zárate - Campana, solicitan se instrumente el otorgamiento de recompensa a quien realice la aportación de datos veraces y determinantes, con el objeto de lograr la individualización de los presuntos autores, así como del lugar en donde Luis Angel GEREZ fuera privado ilegítimamente de su libertad;
                                              

CONSIDERANDO:
                                               Que a raíz de dicho suceso se originó la causa por AVERIGUACION DE PARADERO, radicada ante la Unidad Funcional de Instrucción Nº 1, cuya titularidad ejerce la Dra. Andrea Palacios y Juzgado de Garantías Nº 1, a cargo de la Dra. Graciela Adriana Cione, del Departamento Judicial de Zárate- Campana;
                                               Que es importante contar con datos verosímiles y significativos para esclarecer el caso que se investiga;
                                               Que una de las funciones indelegables del Estado es impartir justicia, procurando que la misma permita esclarecer los hechos delictivos que afectan a la sociedad, sin que el transcurso del tiempo pueda diluir dicha misión;
                                               Que de esta manera se estima apropiado implementar un sistema de recompensa a quien realice la aportación de datos veraces y determinantes, con el objeto de lograr la individualización de los presuntos autores, así como del lugar en donde Luis Angel GEREZ fuera privado ilegítimamente de su libertad;
                                               Que el presente se dicta en uso de las atribuciones que le confiere el artículo 144 de la Constitución de la Provincia Aires;
                                               Por ello,

                        EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
                                                           DECRETA

ARTICULO 1º. Otorgar la suma de pesos cien mil ($100.000) a quien realice la aportación de datos veraces y determinantes, con el objeto de logar la individualización de los presuntos autores, así como del lugar en donde Luis Angel GEREZ fuera privado ilegítimamente de su libertad.

ARTICULO 2º. Quien realice la aportación de datos podrá hacerlo por sí o por terceros, aún bajo reserva de identidad, por ante la Autoridad Judicial interviniente o el Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires.

ARTICULO 3º. Establecer como Autoridad de Aplicación del presente Decreto, al Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires.

ARTICULO 4º. Autorizar al Ministerio de Economía a efectuar las adecuaciones presupuestarias que resulten necesarias para el cumplimiento de lo establecido precedentemente.

ARTICULO 5º. El presente Decreto será refrenado por los Ministros Secretarios en los Departamentos de Seguridad y de Economía.

ARTICULO 6º.  Derogar el Decreto 3580/06

ARTICULO 7º. Registrar, comunicar a la Autoridad Judicial interviniente, publicar en el Boletín Oficial, dar al SINBA y pase al Ministerio de Seguridad. Cumplido, archivar.

DECRETO Nro. 14

Firmas:

Ing. Agr. FELIPE CARLOS SOLA
Gobernador de la Provincia
de Buenos Aires

Dr.LEON CARLOS ARSLANIAN
Ministro de seguridad
Provincia de Buenos Aires

Lic. GERARDO ADRIAN OTERO
Ministro Secretario
en el Departamento de Economía